domingo, 28 de noviembre de 2010

Tráfico y trata de personas

Por trata de personas se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas recurriendo al uso de la fuerza u otras formas de coacción, el rapto, el fraude, el engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra para propósitos de explotación. Esa explotación incluirá como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.

Para mayor claridad, distinguimos de dicha definición tres componentes fundamentales que están estrechamente vinculados entre sí: la actividad (o el enganche), los medios (o la forma en que se engancha) y el propósito o fin.
Por lo tanto, de acuerdo con el Protocolo la Trata es:
a) Una ACTIVIDAD: “... la captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas...”
b) que utilizando determinados MEDIOS: “.... la amenaza o uso de la fuerza, coacción, rapto, fraude, engaño, abuso de poder, vulnerabilidad, la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra con fines de explotación.....”
c) tiene como PROPOSITO o FIN la explotación: “Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”.
En el caso de los niños y niñas no se considera el consentimiento. Es decir, el Protocolo establece que en este tipo de circunstancias no se necesita que existan los medios para que la actividad se determine como trata: “La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de un niño con fines de explotación se considerará ‘trata de personas’ incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados...” (Art. 3 inc. c). Por niño se entiende toda persona menor de 18 años (Art. 3 inc. d).
Esto significa que todas las formas de explotación sexual comercial infantil, también llamada explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, son una modalidad de la trata de personas.
Una vez analizada la definición de trata de personas resulta más fácil comprender que ésta y el tráfico de migrantes son fenómenos que pueden estar relacionados pero son fundamentalmente distintos.
Es importante tener bien claras las definiciones y por ende las diferencias entre ambos conceptos pues no todo tráfico de migrantes implica necesariamente trata de personas ni todos los casos de trata de personas significan tráfico de migrantes. Aunque hay muchos casos que se inician con tráfico y terminan en trata de personas.
Por tráfico de migrantes se entiende la facilitación de un cruce de fronteras sin cumplir los requisitos legales o administrativos con el fin de obtener directa o indirectamente un beneficio financiero u otro de orden material.
Existen similitudes y diferencias entre el tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas que es necesario tener presentes. En ambos casos, hay un aprovechamiento de la necesidad de mejorar condiciones de vida a través de la migración (exceptuando obviamente, aquellos casos de trata en los que hubo secuestro, rapto o sometimiento); hay un abuso a los derechos fundamentales y lógicamente una operación comercial con seres humanos.

TRÁFICO
• El migrante establece contacto directo y voluntario con el traficante (pollero o coyote) es decir, no hay vicio en el consentimiento.
• Implica siempre cruce de frontera o fronteras.
• El dinero es un factor intrínseco en el traslado.
• La relación entre el traficante y el migrante  termina una vez llegado al destino.
• Implica mayoritariamente a hombres.
• Durante el traslado hay mayores riesgos de salud y vida.
• Es fundamentalmente un delito contra el
Estado.

TRATA
• El contacto se da bajo engaño y/o abuso, y/o coacción. En otras palabras, el consentimiento está viciado.
• Puede darse dentro o fuera de un país, el cruce de fronteras no es necesario.
• El dinero para el traslado no es un factor importante sino someter a la persona a una deuda económica que la fuerce a ser explotada.
• La relación entre el tratante y la víctima es mucho más prolongada, generalmente una vez llegada al destino inicia o continúa la explotación.
• Sus víctimas fundamentales son mujeres, niñas y niños y en menor grado víctimas masculinas.
• Durante el traslado se minimizan los riesgos a la salud y a la vida pero en el largo plazo el impacto físico y psicológico es más prolongado.
• Atenta contra la dignidad y los derechos de la persona. Es un delito contra el individuo.

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1 comentario:

  1. la trata de personas es un problema ya que esta relacionado con la inseguridad en el pais y porque no tambien con el narcotrafico..la verdad es que este si es un problema grave ya que las personas poderosas o que tienen relaciones con el gobierno son precisamente las que realizan al trata y pues como tienen buenas relaciones no se hace nada para buscar culpables.

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